Lavivienda familiar goza de una especial protecci贸n, ya que la ley considera que sus funciones van m谩s all谩 del simple uso o disfrute y constituye un medio patrimonial que cumple la continuidad de la vida familiar. Sin embargo, 驴quiere esto decir que estos derechos siguen siendo los mismos en el caso de un divorcio? Los derechos
Portanto, ambas posibilidades pueden compaginarse, pero garantizando y respetando la atribuci贸n judicial del uso de la vivienda al amparo del art铆culo 96 del C贸digo Civil. Esto significa que las personas que ocupan la vivienda familiar por atribuci贸n judicial NO pueden ser desalojadas mientras persistan las circunstancias
Fundamentosjur铆dicos de la atribuci贸n de la vivienda familiar privativa. En estos casos el juez debe tener en cuenta cu谩l de los c贸nyuges asumir谩 la custodia de los hijos comunes menores, pues 茅ste ser谩 el criterio a tener en cuenta para atribuir el uso de la vivienda familiar privativa. As铆, si la esposa no es propietaria de laLajurisprudencia del TRIBUNAL SUPREMO viene considerando la atribuci贸n del domicilio familiar en la ruptura de la pareja de hecho con los mismos criterios normativos establecidos en el citado art铆culo 96 del C贸digo Civil en cuanto a la atribuci贸n del uso de la vivienda que constituy贸 el domicilio familiar, resultando
MART脥NMEL脡NDEZ, M. T., 芦Fundamento de la atribuci贸n del uso de la vivienda familiar al esposo no titular y de su privaci贸n al titular en los casos de separaci贸n, divorcio y nulidad de matrimonio禄, en Libro homenaje al profesor Manuel Albaladejo Garc铆a, Vol. 2, Madrid (Servicio de Publicaciones de la Universidad de Murcia y Colegio de
vIHeW. 222 248 336 217 202 444 72 123 332